ABORDAJE EPISTEMOLOGICO

  La investigación y revisión bibliográfica se realiza para apoyar teóricamente este estudio, lo cual permitirá ubicar referentes investigativos y teóricos. Dentro de este mismo orden de ideas, Baena (2017) señala: Conocer lo anterior es requisito para la selección de un problema de investigación, descubrir las líneas de investigación previas así como los métodos y técnicas por medio de las cuales se llegaron a adquirir esos conocimientos,…” (p. 96).    

      En este sentido a continuación se presenta una serie de trabajos de investigación, antecesores a la investigación que se realiza, con alcance internacional, nacional y regional, sirviendo de modelo, guía, contraste, aportando elementos que ayuden a la investigación:

 

Referentes Investigativos

 

     En atención a la revisión de estudios previos que guardan relación con el problema de investigación histórica “Aproximación al origen de la comunidad Indio Yara para el periodo 2005 - 2024”, se hace referencia en el ámbito internacional al trabajo de investigación de Pereyra (2022) “Aproximación a la Historia de las Comunidades Campesinas en Ayacucho (Perú): El caso de Quinua”, el cual es un artículo de investigación publicado en la Revista de Investigación UNMSM (N°46) de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Perú.

      El trabajo de investigación busca una aproximación a la historia de una comunidad campesina en particular en un período “longue durée”, larga duración. Específicamente pretende identificar aquellos factores externos e internos que llevaron a un grupo de pobladores indígenas a formar una organización que a la larga fue reconocida por el Estado peruano. La investigación es de tipo básico y con un diseño descriptivo, en el cual recurrieron al paradigma positivista de investigar a través de fuentes documentales, y en el transcurso de la investigación implementaron la teoría antropológica hermenéutica, que busca interpretar aquellos valores y fórmulas que los mismos individuos construyen, en tal sentido la investigación planteó un análisis histórico y procesual del tema, combinado con la interpretación del punto de vista de los mismos campesinos.

     El estudio concluye con el conocimiento  del proceso histórico de la comunidad de Quinua, cuestionando la idea que postula el origen colonial de las comunidades campesinas, representación que encierra enunciados de otredad y subordinación, en el estudio se equipara a los campesinos con la ancestralidad y se devela la negación de la actuación política de los indígenas en la estructuración y reestructuración de sus colectivos. La investigación guarda relación con el estudio emprendido en la Comunidad Indio Yara, municipio San Felipe, estado Yaracuy, por tratarse de un estudio de alta rigurosidad científica donde se reconstruye la historia de una localidad, área geohistórica, a través de la implementación de una metodología, estudio enmarcado en un paradigma (positivista), aplicación del análisis y  la crítica de las fuentes, la hermenéutica.

 

      En atención al problema de investigación expuesto, destaca el trabajo de Rodríguez (2010) “A Mi Barrio le Ronca el Mambo. Historia del Barrio Matica Abajo de los Teques, Estado Miranda, 1.947 al 1.999”. Trabajo de investigación independiente de Manuel Rodríguez – Venezuela, donde el objetivo se basó en proponer una periodización de la historia del barrio Matica Abajo y una aproximación al proceso que conllevó la consolidación de la comunidad entre 1.947 y 1.999. Esto se realizó a través del análisis de las dimensiones del tiempo histórico y el análisis de los procesos sociales, económicos y políticos que interactuaron con la dinámica social de la ciudad de Los Teques, del estado Miranda y de Venezuela. También se estudió el cambio de la vocación cafetalera de los terrenos donde se asienta la comunidad a un desarrollo urbanístico excluido del sistema oficial, como elemento fundamental en las dinámicas de ocupación del sector para la consolidación de la comunidad del barrio en cada uno de los períodos establecidos. Este análisis se realizó a partir de la corroboración de los datos obtenidos en las fuentes documentales con las historias de vida recopiladas de los habitantes del sector.

     Cabe considerar, la investigación realizada acerca de la historia del barrio Matica Abajo 1.947 – 1.999, guarda relación con el proyecto de investigación de construcción de la aproximación histórica de la comunidad Indio Yara, municipio San Felipe – estado Yaracuy, por tratarse del estudio de la historia de una comunidad, con la direccionalidad del paradigma post-positivista, y el enfoque cualitativo, conclusión derivada por el manejo de la información, las fuentes y las técnicas aplicadas.

 

     Por otra parte cabe destacar el trabajo de investigación de Gallardo (2019) “Aproximación Histórica: a la Expansión Demográfica en la Comunidad Pozo Nuevo de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, 1.980 al 2.016”. Trabajo de investigación de la Universidad Nacional Experimental de Los Llanos Centrales Rómulo Gallegos – Venezuela, donde su propósito se basó en el estudio de la comunidad de Pozo Nuevo, en el periodo 1.980 – 2.016. Teniendo como objetivo general una aproximación histórica a la expansión demográfica en la comunidad Pozo Nuevo de Chivacoa, municipio Bruzual del estado Yaracuy. Esta investigación se abordó desde el método histórico, con el apoyo principalmente del paradigma pos positivista, en este sentido desde los aspectos geohistóricos, ubicando todos los elementos históricos para fundamentar el estudio, se concluye en la  representación de la comunidad, con un soporte divulgativo, informativo de su contexto, población, costumbres y su idiosincrasia. Vale mencionar que este estudio se inserta en la línea de investigación histórica Regional y Local.

     En atención a la problemática e idea presentada, la investigación realizada en la comunidad de Pozo Nuevo, municipio Bruzual del estado Yaracuy, acerca de la aproximación histórica para el periodo 1.980 – 2.017, guarda relación con el proyecto de investigación emprendido en la comunidad Indio Yara,  municipio San Felipe del estado Yaracuy, por tratarse del estudio a nivel de historia local, de igual modo por tratarse del estudio de comunidades donde la solución al problema de investigación es concluir con una aproximación de la historia de la localidad estudiada, su trayectoria, enmarcar la investigación en un paradigma, en este caso el pos positivista, enfoque cualitativo.

 

Referencial Teórico

 

Método Histórico

     Existe un método para la reconstrucción de la historia, el cual se le denomina Método Histórico, y revierte una diversidad de métodos en su aplicabilidad, refiere Zambrano (2020):

El método histórico y su metodología comprenden el conjunto de técnicas y procedimientos usados por los historiadores para manejar las fuentes primarias y otras evidencias (arqueología, archivística, disciplinas auxiliares de la historia, economía, etc.), para investigar sucesos pasados relevantes para las sociedades humanas. Esa metodología tiene por objeto la elaboración de la historiografía: la producción historiográfica. (p.41).

 

     La cita anterior señala la importancia del método histórico para investigar el pasado, y reconstruir sucesos que acontecieron, y concluir con la realización de producciones historiográficas, que es la principal labor con la construcción de la aproximación histórica de la comunidad Indio Yara. La aplicación del método histórico, permitirá a su vez la búsqueda de distintas fuentes (heurística), el análisis de las fuentes encontradas (hermenéutica) y concluir con una obra historiográfica que dé respuesta al problema de la investigación.

 

Microhistoria

 

Existen historiadores que han estudiado y reivindicado la historia de las localidades, de los pequeños espacios, de los pueblos, esta historia que es común encontrar y su existencia revierte importancia en el cultivo de la historia misma y de la identidad. Luis Gonzales y Gonzales, exponente de la microhistoria, señala en su artículo “Para una teoría de la microhistoria”, (cit. por Rubio 2002):

Es la que nos cuenta el pretérito de nuestra vida diaria, del hombre común, de nuestra familia y de nuestro terruño. No sirve para hacer, pero sí para restaurar el ser. No construye, instruye. Le falta el instinto adivinatorio. No ayuda a prever, simplemente a ver. Su manifestación más espontánea es la historia pueblerina o microhistoria parroquia o historia matria. (p.12).

 

     La cinta anterior deja ver la importancia de la microhistoria, mostrando la variedad de corrientes que estudian la historia de las comunidades, y ofrecen sustento al estudio de lo local, el espacio más próximo afectivo, como lo es el caso del estudio de la comunidad Indio Yara.

 

Historia Local

 

     El Manual de Historia Local (2008) publicado por la Biblioteca Nacional y Misión Cultura:

…la Historia Local o Historia Matria es aquella que nos remite al pasado de las localidades, sea parroquias, barrios o urbanizaciones, ofreciéndonos un panorama de las motivaciones, individuales y colectivas, de un gran valor para el conocimiento, cultivo y uso de la población en general. Un rasgo característico de este tipo de historia es que se sirve de fuentes de tipo oral y, particularmente, proveniente de las comunidades, lo cual le confiere un contenido afectivo de gran valor por ser, precisamente, la experiencia subjetiva de sus habitantes. La importancia de la Historia Local reside en el hecho de ser fuente de “diagnóstico” de sucesos muy especiales para las comunidades que se traducen en un cúmulo de conocimiento afectivo capaz de fortalecer la identidad de la comunidad, integración de sus miembros y las acciones tendientes al desarrollo de su entorno inmediato… (p.13).

     La historia local tiene una implicación de fortalecimiento de la identidad de las localidades, fortalece los lazos afectivos de sus habitantes, es un acceso a la cultura, contribuye con el fortalecimiento de las expresiones culturales populares, permite la valoración cultural.     Un pueblo que conozca su historia, es un pueblo fortalecido en su identidad y tiene definido su ruta a seguir, es conocerse y entenderse, ese pueblo está destinado al éxito, la historia local nos permite la reconstrucción de la memoria histórica de las comunidades.

 

Historia Regional y Local

 

Refiriéndose a la historia regional y local, el historiador venezolano Arístides Medina Rubio (2002) sostiene que:

La historia regional y la historia local, son siempre la historia de los hombres, que se realizan en las sociedades concretas, no importa cuál sea su escala o magnitud. En esas sociedades los hombres establecen vínculos con los espacios donde desarrollan sus actividades, y eso vínculos son los que van a conformar las identidades de los hombres. Y no hay duda que son las localidades – aldeas y pequeños pueblos – y las regiones – entidades como espacios profunda e idénticamente humanizados – las escalas donde mejor se pueden apreciar los fenómenos relativos a la sociedad. No pretendemos negar ninguna otra escala, menor o mayor, micro o macro, sino relevar la excelencia y el derecho de la escala local y regional, como escala histórica. (p.224).

 

     Rubio resalta la importancia de la historia regional y la historia local, sin desmeritar las otras dimensiones del estudio de la historia, pero encuentra en esta, los vínculos perfectos, que imprimen el carácter identitario de la historia, que escapa de las generalidades nacionales y globales, promoviendo la práctica del estudio de lo local.

 

 

 

Sustentación Legal

 

     La investigación se sustenta legalmente en los artículos de las Leyes que tienen vinculación con el ámbito histórico, en primer lugar la  Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes orgánicas y las leyes suscritas por la República en el ámbito internacional como lo es el caso de la declaración del decenio internacional para las y los afrodescendientes.

 

 

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del año 1.999

 

     El preámbulo de nuestra constitución que representa, que viene a ser el sentido general de lo que está planteado en nuestra carta magna, establece:

 

El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones,… (p.3)

 

     En este orden de idea, el preámbulo de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, expresa las bases de lo que somos como nación, sienta los pilares fundamentales de la venezolanidad, partiendo del ejemplo histórico de nuestros antepasados, es decir nuestras bases parten de nuestro proceso histórico, de nuestra identidad, del dónde venimos y con esos elementos hacia dónde vamos.

 

     Artículo 99 expresa:

 

         Los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado fomentará y garantizará, procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios. Se reconoce la autonomía de la administración cultural pública en los términos que establezca la ley. El Estado garantizará la protección y preservación, enriquecimiento, conservación y restauración del patrimonio cultural, tangible e intangible, y la memoria histórica de la Nación. Los bienes que constituyen el patrimonio cultural de la Nación son inalienables, imprescriptibles e inembargables. La ley establecerá las penas y sanciones para los daños causados a estos bienes. (p.35)

 

     Cabe considerar que el artículo 99 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece la importancia de los bienes culturales para nuestro país, y refiere que estado garantizará la protección de estos bienes y la preservación de la memoria histórica de la Nación, como elemento de interés de seguridad nacional, para la sostenibilidad de todo el estado – nación, lo cual revierte la importancia de la historia, ya que sin identidad no hay Nación.

 

Ley Orgánica de los Consejos Comunales

 

     Artículo 2.

         Los Consejos Comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social. (p.1)

 

      Dentro de esta perspectiva, los Consejos Comunales son la figura organizativa en las comunidades, establece las dinámicas comunitarias, el funcionamiento, lo cual es elemental para el desarrollo de proyectos de investigación a ser aplicado en el seno de las comunidades, permitiendo un mejor desenvolvimiento, y relación con los informantes claves.

 

     Artículo 4. A los efectos de la presente Ley se entiende por:

 

1. Comunidad: núcleo espacial básico e indivisible constituido por personas y familias que habitan en un ámbito geográfico determinado, vinculadas por características e intereses comunes; comparten una historia, necesidades y potencialidades culturales, económicas, sociales, territoriales y de otra índole.

2. Ámbito geográfico: es el territorio que ocupan los habitantes de la comunidad, cuyos límites geográficos se establecen o ratifican en Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos, de acuerdo con sus particularidades y considerando la base poblacional de la comunidad.

3. Base poblacional de la comunidad: es el número de habitantes dentro del ámbito geográfico que integra una comunidad. Se tendrá como referencia para constituir el Consejo Comunal: en el ámbito urbano entre ciento cincuenta y cuatrocientas familias; en el ámbito rural a partir de veinte familias y para las comunidades indígenas a partir de diez familias; manteniendo la indivisibilidad de la comunidad y garantizando el ejercicio del gobierno comunitario y la democracia protagónica. (P.2)

 

     En este mismo orden de idea, el artículo 4 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, conceptualiza la comunidad, su ámbito y base poblacional, elementos de historia local y geohistoria, resaltando como elemento fundamental la historia, la cual viene a ser determinante para definir una determinada localidad, toda comunidad guarda una historia.

 

                            Ley Orgánica de las Comunas      

          

Artículo 4. A los efectos de la presente Ley se entiende por:

5. Comunidad: Núcleo espacial básico e indivisible constituido por personas y familias que habitan en un ámbito geográfico determinado, vinculadas por una espiritualidad, características e intereses comunes que comparten una historia, necesidades y potencialidades culturales, económicas, sociales, territoriales y de otra índole.. (P.6)

 

     La Ley Orgánica de las Comunas define en su artículo 4 numeral 5, el concepto de comunidad, donde refiere la importancia de la historia para alcanzar dicha categoría del ámbito espacial.

 

 

Ley Orgánica de la Cultura

 

Artículo 3. A los efectos del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Cultura, se entiende por:

4. Identidad Cultural Venezolana: son las múltiples formas de conocernos, reconocernos, expresarnos y valorarnos; el sentido de pertenencia al pueblo venezolano, la significación social y la persistencia del ser en la unidad, a través de los múltiples cambios sociales, económicos, políticos e históricos; son elementos de la identidad cultural la unidad en la diversidad, memoria colectiva, la conciencia histórica y la organización social. (P.8)

 

 

     El articulo 3 numeral 4 de la Ley Orgánica de Cultura, define la identidad cultural venezolana, refiriendo sus elementos, donde recobra importancia la memoria colectiva, la conciencia histórica, como factor fundamental para la concreción de la identidad.

 

Cabe destacar que el artículo 32, establece que “El Centro Nacional de la Historia es el ente encargado del resguardo, investigación y difusión del conocimiento de la historia nacional, regional, local y de nuestra memoria colectiva.” (P.22)

En el presente artículo se establece en la Ley Orgánica de Cultura, el ente encargado de la historia en nuestro país, del resguardo, investigación y difusión, en todos los niveles nacional, regional y local, se refleja la importancia en el interés de la historia a través de la instauración del Centro Nacional de la Historia, de igual forma sirve de referencia en el proyecto de reconstrucción de la historia de la comunidad Indio Yara, como guía en la etapa de la heurística o arqueo de la información, donde es necesario la visita de archivos.

 

Ley Constituyente del Plan de la Patria 2019-2025.

 

CAPÍTULO IV DE LOS OBJETIVOS HISTÓRICOS DEL PLAN DE LA PATRIA  Objetivos históricos.

Artículo 17. Los Objetivos Históricos representan las columnas vertebrales, temáticas, de la coherencia de la acción estratégica y concreta de gobierno, del Plan de la Patria y el Sistema de Planificación Nacional y Popular, a efectos de tributar de manera eficiente y eficaz al proceso de transformación de la sociedad venezolana, en la direccionalidad histórica del bolivarianismo, como máximo interés nacional. (p.3).

CAPITULO V DE LOS ELEMENTOS TRANSVERSALES DEL PLAN La descolonización componente fundamental de la ruptura histórica.

Artículo 23. El Plan de la Patria y el Sistema de Planes deberán alinear políticas, recursos sostenidos y acciones concretas para asumir la descolonización como el proceso integral y transversal, en las cinco dimensiones de la sociedad, para la siembra y construcción  del bolivarianismo como doctrina social de los venezolanos, fundada en nuestras bases indigenistas, feministas, afrodescendientes, nuestra americana y de profundo arraigo nacional bolivariano. 

Las acciones previstas en este artículo implican el desarrollo de los planes y acciones productivas, educativos, tecnológicos, culturales, logísticos, comerciales, para romper las amarras del modelo histórico social capitalista. (p.5).

 

La Ley Constituyente del Plan de la Patria 2019 – 2025, dedica los capítulo IV y V, para los objetivos históricos de la nación y la descolonización componente fundamental de la ruptura histórica, siendo este un eje transversal de todas las acciones de gobierno, reflejando un claro ejemplo de la importancia de la historia, como mecanismo para conocer el pasado, de donde vivimos, encontrar nuestros valores y principios,  y servir guía para las acciones futuras a emprender en todos los ámbitos.

 

 

Resolución 68/237 Organización de Naciones Unidas ONU

     Cabe destacar que en la Resolución 68/237 dictada por la ONU se expone:

Proclama 2015-2024 como el Decenio Internacional para los Afrodescendientes citando la necesidad de fortalecer la cooperación nacional, regional e internacional en relación con el pleno disfrute de los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos de las personas de ascendencia africana, y su plena e igualitaria participación en todos los aspectos de la sociedad, resaltando en uno de sus objetivos la necesidad de promover un mayor conocimiento y respeto de la diversidad de la herencia y la cultura de los afrodescendientes y de su contribución al desarrollo de las sociedades. (P.1)

 

    Cabe considerar por otra parte que la Resolución 68/237 de la ONU, en fecha 02/04/2018 es ratificada por el estado venezolano y asumido como ley de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en la Gaceta Oficial Nº 41.368, planteando en su artículo 1:

   Se declara como política pública el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en el Programa de actividades del Decenio Internacional de los Afrodescendientes, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante resolución 69/16, del 18 de noviembre de 2014; y que para la República Bolivariana de Venezuela llevará por lema: Reconocimiento, Justicia, Desarrollo, Inclusión y Paz, como principios transversales constitutivos. (P.1)

 

     Ampliando el contenido de la cita, la cual plantea el decenio internacional para los afrodescendientes desde el año 2015 al 2024, invitando a los estados a promover acciones para esta población de ascendencia africana en el mundo, refiriendo la promoción de un mayor conocimiento de estos grupos; revierte importancia la realización del presente proyecto de investigación “Aproximación Histórica del Origen de la Comunidad Indio Yara, municipio San Felipe – estado Yaracuy, periodo 2005 -2024”, siendo la comunidad Indio Yara, una comunidad afrodescendiente, objeto de atención como lo solicitan los planes de la década para las y los afrodescendientes, con el desarrollo del presente proyector se crea una fuente de conocimiento de una comunidad afrodescenciente en Venezuela, promoviendo el conocimiento de su historia.

 

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